Código de Conducta
Todos los colaboradores del Parador Don Julio, deben acoger y cumplir lo contemplado en el Artículo 16 Y 17 de la Ley 679 de 2001, en la que se dictan disposiciones para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad e, igualmente, con el fin de dar cumplimiento […]